La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del presidente del máximo juzgado, magistrado Maikel Moreno, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la venezolana Ana Soto Cueto a la República de Colombia, para ser sometida a un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado con alevosía en grado de coautoría, agavillamiento, incitación e inducción al consumo y hurto calificado, en perjuicio de Sixto Lisboa Hernández, así como agavillamiento, incitación e inducción al consumo y hurto calificado, en perjuicio de Jhonny Pérez Lacruz.
Señala la sentencia N° 87-2020 que se asume el compromiso ante la República de Colombia que a Ana Soto Cueto se le seguirá juicio penal únicamente por la presunta comisión de los delitos mencionados, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Constató la Sala del TSJ que en el presente caso, además de los requisitos de procedencia, también se cumplen a cabalidad los principios generales que rigen la materia de extradición en Venezuela.
El cuerpo de Sixto Enrique Lisboa Hernandez fue encontrado, en enero de 2018, en una habitación del hotel Mediterráneo, en Caracas.
En esa oportunidad, medios reseñaron que Sixto Lisboa Hernández estaba con un amigo en el Estadio Universitario de Caracas y al salir del sitio decidieron ir a Las Mercedes a un local nocturno, donde conocieron a dos mujeres. Horas después, se trasladaron al hotel Mediterráneo. En horas de la mañana, el amigo de Sixto se despertó y halló a la víctima muerta, presumía que las mujeres los drogaron.