Mediante el decreto 0036, la Alcaldía de Maracaibo extiende hasta las 6:00 de la tarde las operaciones de supermercados, panaderías, carnicerías, charcuterías y fruterías de la capital zuliana.
«Los establecimientos comerciales cuya actividad sea el expendio comidas y bebidas, podrán permanecer abiertos en un horario de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p. m. prestando servicios exclusivamente bajo la modalidad de reparto, servicio a domicilio o pedidos para llevar, siempre y cuando, cumplan con los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de la Salud», dice el artículo 2 del decreto.
El documento fue publicado este viernes 8 de mayo en horas de la mañana, dejando sin efecto una disposición anunciada la noche del jueves 7-M que autorizaba una vuelta de actividades del sector industrial.
De acuerdo con una nota de prensa de la Alcaldía de Maracaibo, «siguiendo orientaciones emitidas por el gobernador del estado Zulia, Omar Prieto, realizó una enmienda a esta medida municipal para continuar resguardando la salud de la población maracaibera, que gracias a las decisiones tomadas, hasta ahora se ha mantenido al margen de la pandemia».
Asimismo, escribió a través de su cuenta de twitter @OmarPrietoGob, «IMPORTANTE! A partir de este #08Mayo los supermercados y farmacias podrán trabajar de 8 am a 6 pm. Seguimos avanzando y acatando las medidas de flexibilización de la #CuarentenaColectivaSocial ordenadas por el Pdte. Maduro».
El mismo artículo se lee: «No podrán prestar servicio de consumo servido al público en el establecimiento, ni celebrar espectáculos de ningún tipo. Las áreas de dichos establecimientos destinadas a la atención de clientes o comensales para consumo in situ, o para la presentación de espectáculos, permanecerán cerradas».
En la noche del jueves 7 de mayo, se publicó una primera versión del decreto municipal se decía en su artículo 3 que»los establecimientos comerciales cuya actividad sean: Talleres Mecánicos, Expendio de Repuestos lubricantes podrán permanecer abiertos en un horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m (…)».
Mientras que en su artículo 4 señalaba que «el sector industrial del municipio Maracaibo a partir del presente decreto podrán reiniciar sus actividades, cumpliendo con los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de la Salud y el estado Venezolano respecto al uso debido de las normas de sanidad e higiene, aunado a la utilización del equipamiento necesario ´para la prevención de la propagación del Covid-19».
Posteriormente, ambos artículos fueron eliminados en la nueva versión del decreto, así como también la autorización a la reactivación del transporte público, solo podrán circular las unidades permisadas por la alcaldía y la gobernación.