Encienden las alarmas en el uribismo por decisión de la Corte

Según ponencia, caso por presunta compra de testigos debe pasar a Fiscalía con formulación de cargos.

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Álvaro Uribe Vélez. Foto cortesía

La Sala Plena de la Corte Suprema retomará la discusión hoy lunes, sobre el sistema penal en el que se debe llevar el proceso en contra de Álvaro Uribe, por presunto soborno en actuación penal y fraude procesal que fue enviado a la Fiscalía luego de que el exmandatario renunció a su curul y quedó por fuera de la órbita del alto tribunal.

La ponencia del magistrado Gerson Chaverra, indica que debe regir la Ley 906, como lo estaba solicitando tanto la defensa del exmandatario, como la Fiscalía y la Procuraduría, reseña El Tiempo.

El senador Iván Cepeda, víctima dentro del caso, insistía en que debía seguir bajo la Ley 600, a través de la cual ya se le habían formulado cargos e impuesto medida de aseguramiento, con detención domiciliaria.

No obstante, un agregado en la ponencia de Chaverra, que aún está bajo discusión, prendió las alarmas del uribismo.

En efecto, miembros del alto tribunal le confirmaron a EL TIEMPO que además de dirimir el supuesto conflicto, Chaverra señala que el proceso debe pasar a la Fiscalía en la etapa procesal en la que se encontraba en la Corte.

En la práctica, esto significaría que Uribe, que ya completa 60 días en arresto domiciliario, seguiría detenido. Y la formulación de cargos quedaría equiparada con una imputación.

El abogado constitucionalista Rafael Nieto, militante del uribismo, fue el primero en reaccionar.

Nieto comenzó por advertir que no entendía por qué la juez de garantías ante quien se llevó el supuesto conflicto de competencias lo envió a la Corte si no había tal conflicto.

En todo caso, para Nieto es claro que si la Corte Suprema de Justicia va más allá de establecer bajo qué sistema debe seguir el caso, estaría violando varios derechos de Álvaro Uribe y normas legales, tocando los límites del prevaricato.

La Corte no puede decidir sobre lo que no tiene competencia y la Ley Estatutaria es clara.

Prevaricato y hasta usurpación de funciones

El Estatuto de Administración de Justicia, en su artículo 18, es claro en señalar que, en estos casos, la Corte solo debe manifestar qué ley rige.

«Los conflictos de competencia que se susciten entre autoridades de la jurisdicción ordinaria que tengan distinta especialidad jurisdiccional y que pertenezcan a distintos distritos, serán resueltos por la Corte Suprema de Justicia en la respectiva Sala de Casación que de acuerdo con la ley tenga el carácter de superior funcional de las autoridades en conflicto, y en cualquier otro evento por la Sala Plena de la Corporación», indica el Estatuto.

En tal sentido, Nieto advierte que si la Sala Plena de la Corte va más allá estaría no solo prevaricando sino violándole a Uribe el debido proceso, si la Corte va más allá, dejaría ver un «ánimo de persecución política y violación de derechos fundamentales y procesales de Uribe Vélez».

Nieto afirma que, si esto llegase a pasar, se dejaría ver un «ánimo de persecución política y violación de derechos fundamentales y procesales».

Ley 600 derogada

Además, recordó que la ley 600 fue derogada y solo se aplica en casos de pesonas con fuero, procesados por la Corte y cuando se trata de delitos imprescriptibles.

El abogado Marlon Díaz, coincidió en que la Corte solo debe pronunicarse sobre la competencia por vía de ley 906 y no sobre estado del proceso.

«Se extralimitaría», señaló Díaz y en similar sentido se pronunciaron allegados al expresidente en diálogo con EL TIEMPO.

«Cuando fue a la inversa, que pasaron de ley 906 a 600, caso León Fredy Muñoz, Jesús Santrich, si iniciaron los procesos de cero. En preliminares.  Pero en este caso, de 600 a 906, si quieren definir qué está imputado», señalaron.

El alto tribunal retoma la discusión hoy lunes. 

Con información de El Tiempo

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